Calculamos sueldo, BPS, aguinaldo y vacaciones según los laudos del MTSS vigentes. Vos solo ingresás los días trabajados.
El Grupo 21 del MTSS actualiza los laudos dos veces por año. Un error te puede costar multas o un juicio laboral.
Si pagás con el sueldo anterior aunque sea un mes, el diferencial acumula intereses.
Tres conceptos que la mayoría calcula mal porque mezcla meses incompletos o faltas.
Pagar tarde genera multas automáticas. Con Swel2 recibís el aviso antes del vencimiento.
El recibo debe cumplir el decreto 173/015. Un recibo mal hecho no te protege ante un juicio.
Nombre, fecha de ingreso, modalidad (jornada completa, part-time, horas). Un solo formulario.
Faltas, horas extra, feriados. Swel2 aplica el laudo vigente automáticamente.
Ves el desglose completo: neto, BPS empleador, FONASA, IRPF si corresponde.
PDF listo para firmar o enviar por WhatsApp. Queda guardado en tu historial.
Actualizamos los valores del Grupo 21 el mismo día que los publica el MTSS. No tenés que hacer nada.
Cumple el decreto 173/015. Formato PDF digital con todos los conceptos requeridos por ley.
Te acompañamos en la afiliación de tu emplead@ al Banco de Previsión Social, desde el alta hasta la baja.
Te avisamos antes del vencimiento mensual para que no pagues multas.
Todas las liquidaciones guardadas y descargables. Ideal para presentar ante BPS o en un juicio.
Gestioná más de una emplead@ desde la misma cuenta, con perfiles independientes.
Servicio integral de gestión de nómina para empresas de cualquier sector y tamaño, con resultados en menos de 24 horas.
Acompañamos cada etapa del proyecto con herramientas digitales y procesos eficientes que simplifican la administración del personal desde el inicio de la obra.
Nos encargamos de toda la gestión de nómina: desde la afiliación de los trabajadores hasta la emisión de recibos electrónicos y la generación de archivos para pagos bancarios.
Todos los planes incluyen recibos legales, BPS actualizado y soporte.
Ley 18.065, Grupo 21 MTSS, BPS, decreto 173/015. No usamos calculadoras genéricas de LATAM.
Tus datos y los de tu emplead@ están cifrados. Nunca se comparten con terceros.
Cada ajuste del Consejo de Salarios se refleja en Swel2 el mismo día de publicación.
Si tenés dudas sobre la liquidación, contestamos por WhatsApp en menos de 24 h.
Sobre Swel2
No. El sistema hace todos los cálculos solo. Vos solo ingresás los días y horas trabajadas. Nosotros aplicamos el laudo correcto y calculamos BPS, FONASA e IRPF si corresponde.
Sí. El recibo cumple los requisitos del decreto 173/015 y puede usarse como comprobante ante BPS o en instancias judiciales.
Actualizamos los valores el mismo día que se publican en el Diario Oficial. No tenés que hacer nada, la próxima liquidación ya usa los valores nuevos.
Con el plan Familiar gestionás hasta 3 emplead@s. Para más, consultá el plan Empresa.
30 días gratis sin tarjeta de crédito. Podés generar liquidaciones reales y descargar los recibos. Si no te convence, no cobramos nada.
Normativa laboral en Uruguay
Todo trabajador tiene derecho a condiciones laborales dignas que incluyen: una jornada máxima de trabajo (habitualmente 8 horas diarias y 44 semanales), descansos intermedios, un día de descanso semanal, licencia anual remunerada, salario vacacional, aguinaldo, cobertura de salud a través del Sistema Nacional Integrado de Salud, y protección social mediante el BPS.
El empleador debe registrar al trabajador ante el BPS, abonar los aportes patronales correspondientes, proporcionar condiciones adecuadas de higiene y seguridad en el trabajo, cumplir con el pago del salario en tiempo y forma, y respetar todos los derechos laborales previstos por la ley o convenios colectivos aplicables.
El despido en el régimen común no requiere expresión de causa por parte del empleador. Cuando el trabajador es cesado de forma unilateral y sin notoria mala conducta, corresponde el pago de una indemnización equivalente a la remuneración total correspondiente a un mes de sueldo por cada año o fracción de actividad, con un límite de seis mensualidades como máximo. Si el despido es por notoria mala conducta debidamente comprobada, no se genera derecho a indemnización.
Referencia legal: Decreto-Ley N.º 14.188, Ley N.º 17.154, MTSS (despido régimen común).
Horario de trabajo: existe una doble limitación de la jornada. No se puede trabajar más de 8 horas diarias, ni 44 o 48 horas semanales, según se trabaje en el comercio o en la industria.
Descanso semanal: es obligatorio para los trabajadores de todo establecimiento comercial e industrial. En la industria es de 24 horas y en el comercio de 36 horas.
Horas extra: se considera hora extra la que exceda del límite legal o convencional aplicable a la actividad y categoría laboral. Algunos sectores tienen jornadas especiales por convenio.
Además de la licencia común, la licencia por antigüedad, por maternidad y las licencias especiales por donación de sangre y para exámenes de Papanicolau y/o radiografía mamaria, los trabajadores privados dependientes tienen derecho a las siguientes licencias especiales con goce de sueldo:
Probá 30 días gratis. Sin tarjeta. Sin letra chica.
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